INFORMACIÓN CENTRALES DE RIESGO

Aquí encontrará de la manera más clara y resumida, lo que un cliente debe conocer, acerca de la autorización firmada a nuestra entidad o filiales para la consulta y reporte de sus datos en las Centrales de Riesgo.

¿Cuál es el propósito de hacer consultas?

  • Conocer la información relativa al cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones.
  • Consultar cómo ha sido su comportamiento crediticio frente a otras entidades.
  • Formar la historia del crédito de una persona.
  • Brindar información a la entidad financiera para decidir en conjunto con otros elementos de información si le concede o no un crédito a un cliente.

¿Con qué entidades tiene convenio el BANCO GNB SUDAMERIS?

  • DATACRÉDITO

DataCrédito es una Central de Información que recibe, almacena, procesa y suministra la información de como las personas y las compañías han cumplido con sus obligaciones con entidades financieras, cooperativas o con almacenes y empresas del sector real. Muestra adicionalmente información sobre la situación crediticia general e histórica, positiva y negativa de los clientes de cada entidad. Esta información se pone a su servicio, previa autorización escrita y voluntaria del usuario.

El término de permanencia de la información histórica negativa contenida en Datacrédito no podrá exceder de dos (2) años contados a partir del momento en que se haya producido el respectivo pago. Para mayor información usted podrá consultar este código en la página Web de Datacrédito . www.datacredito.com.co.

  • CIFIN

La Central de Información Financiera CIFIN es una unidad de negocios de la Asociación Bancaria y de entidades Financieras de Colombia Asobancaria, que presta un servicio privado de información conformado por bases de datos de diverso carácter, a través de los cuales se muestra el comportamiento comercial y financiero de las personas cuya información es reportada.

Las políticas de permanencia aplicadas por CIFIN se explican en el siguiente cuadro y son las acogidas y establecidas en la Sentencia de Unificación N° 082 del Primero (1º) de Marzo de 1995.

PERIODO DE INCUMPLIMIENTO

CADUCIDAD DE LOS DATOS

Cuando hay pago voluntario realizado antes de un año

El doble de la mora

Cuando hay pago voluntario realizado después de un año

Dos años

Cuando hay proceso ejecutivo

Cinco años

Cuando hay proceso ejecutivo y el pago se produce una vez presentada la demanda

Dos años

Cuando hay proceso ejecutivo y el demandado invoca a excepciones y estas prosperan

Se excluye el dato

Cuando hay proceso ejecutivo y la excepción que prospere sea de la prescripción o caducidad

El dato permanecerá indefinidamente

Cuando hay cancelación por mal manejo de cuenta corriente o tarjeta de crédito

Dos años

* Los cálculos de permanencia anotados tienen como condición que no haya reincidencias (Nuevos incumplimientos simultáneos del mismo deudor).

* La información sobre reportes de obligaciones, tarjetas de crédito y cuentas corrientes se mantendrá en la base de datos por un periodo de dos (2) años desde su ultimo pago o comportamiento.

Es importante anotar que toda persona tiene derecho a conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ella en bancos de datos y archivos de entidades públicas y privadas, como lo establece el artículo 15 de la Constitución Nacional.

El banco mantiene un control y seguimiento de sus aplicativos, asegurando el registro y la permanente actualizacion de cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones de cada uno de sus deudores y su oportuna remision a las respectivas centrales de riesgo.